
Rentas ocultas en el exterior Hacienda es una de las grandes líneas de actuación de la Agencia Tributaria para 2026. El nuevo Plan Anual de Control Tributario y Aduanero confirma que la AEAT quiere reforzar la vigilancia sobre patrimonios no declarados, cuentas en entidades digitales, criptoactivos, estructuras societarias instrumentales y contribuyentes que simulan vivir fuera de España para pagar menos impuestos.
La novedad no está solo en que Hacienda quiera controlar más, sino en que ahora cuenta con más información, más intercambio internacional de datos y nuevas herramientas tecnológicas para cruzar movimientos financieros, signos externos de riqueza y declaraciones fiscales.
El foco de Hacienda: dinero digital, cuentas extranjeras y patrimonio no declarado
La Agencia Tributaria ha anunciado que aprovechará la nueva información financiera disponible para reforzar el control del negocio digital, las rentas y patrimonios ocultos y la economía sumergida. Esa información procede, entre otras fuentes, de proveedores de servicios de pago, plataformas digitales, entidades financieras, modelos informativos y mecanismos de cooperación internacional.
En la práctica, esto significa que Hacienda prestará especial atención a:
- Cuentas en neobancos o entidades financieras digitales.
- Saldos y movimientos en cuentas de pago extranjeras.
- Criptoactivos en exchanges internacionales.
- Pagos transfronterizos.
- Rentas generadas por plataformas digitales.
- Influencers y creadores de contenido.
- Sociedades pantalla o instrumentales.
- Falsos cambios de residencia fiscal.
- Patrimonios relevantes que no coinciden con las rentas declaradas.
Neobancos: por qué entran en el radar fiscal
Uno de los puntos más llamativos del Plan de Control 2026 es la referencia expresa a los neobancos. La AEAT señala que estas entidades financieras digitales han transformado el mercado bancario y que, en muchos casos, operan sin presencia física en España o bajo licencias de otros Estados miembros, en régimen de libre prestación de servicios dentro de la Unión Europea.
El problema para Hacienda aparece cuando estas cuentas se utilizan para canalizar cobros, mantener saldos o mover patrimonio fuera de los circuitos bancarios tradicionales. Por eso, el Plan prevé comprobaciones dirigidas a contribuyentes en los que se detecte un uso indebido de cuentas neobancarias para ocultar rentas o patrimonios en el exterior.
La consecuencia práctica es clara: tener una cuenta en un neobanco extranjero no es ilegal, pero debe estar correctamente declarada cuando proceda y sus movimientos deben poder justificarse.
Más información mensual: cuentas, tarjetas y pagos móviles
La estrategia de Hacienda se apoya también en la actualización de las obligaciones informativas financieras. El Real Decreto 253/2025 amplió el alcance del Fichero de Titularidades Financieras para incluir, además de cuentas bancarias tradicionales, cuentas de pago y otros instrumentos similares, con suministro mensual de información.
Además, la Orden HAC/747/2025 aprobó modelos informativos como el Modelo 196, para cuentas en toda clase de instituciones financieras, y el Modelo 170, relativo a operaciones realizadas por empresarios o profesionales mediante tarjetas y pagos asociados a números de teléfono móvil. Estos modelos se aplican por primera vez respecto a información de 2026.
Esto permite a la Administración cruzar ingresos declarados, cobros digitales, saldos financieros y actividad económica real con mucha más precisión que en ejercicios anteriores.
DAC8: criptoactivos, dinero electrónico y más intercambio internacional
La Directiva DAC8 refuerza el intercambio automático de información entre administraciones tributarias en materia de criptoactivos y nuevos productos financieros. La norma europea busca que las autoridades fiscales dispongan de información suficiente para calcular correctamente los impuestos vinculados a operaciones con criptoactivos y otros activos digitales.
El Plan de Control 2026 indica que, en el marco de la futura transposición de DAC8, se dispondrá de información sobre dinero electrónico y monedas digitales de bancos centrales, con impacto en los modelos 172, 173 y 721. También se prevé la aprobación de un nuevo Modelo 175 para proveedores de servicios de criptoactivos obligados a comunicar información.
En otras palabras: el ecosistema cripto deja de ser una zona opaca. Los exchanges, custodios y plataformas estarán cada vez más integrados en sistemas de reporte fiscal.
Modelo 720 y Modelo 721: dos obligaciones que no deben confundirse
El Modelo 720 es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. La propia Agencia Tributaria recuerda que en este modelo no se informan monedas virtuales, porque para estas existe una obligación específica.
El Modelo 721 es la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. Están obligados, entre otros, los residentes en España que sean titulares, beneficiarios, autorizados o titulares reales de monedas virtuales custodiadas por entidades extranjeras que salvaguarden claves criptográficas privadas en nombre de terceros.
La diferencia es importante:
- Modelo 720: cuentas, valores, seguros, rentas e inmuebles en el extranjero.
- Modelo 721: monedas virtuales situadas en el extranjero.
- IRPF / Sociedades: tributación de rentas, ganancias, intereses, rendimientos o beneficios obtenidos.
- Patrimonio / Grandes Fortunas: posible tributación por el valor del patrimonio mundial si el contribuyente es residente fiscal en España.
Herramientas blockchain e inteligencia artificial
La AEAT también anuncia un mayor uso de herramientas de trazabilidad en blockchain para detectar contribuyentes con operaciones significativas, indicios de patrimonios no justificados o rentas no declaradas. El Plan menciona expresamente exchanges situados en terceros países, wallets no custodiados y transferencias entre monederos personales como elementos que dificultan la identificación del titular real.
Además, Hacienda continuará desarrollando proyectos de inteligencia artificial para necesidades operativas y de investigación, incluyendo actuaciones relacionadas con crimen organizado, blanqueo de capitales, criptoactivos y nuevas tecnologías.
Esto no significa que cualquier contribuyente con criptomonedas vaya a ser inspeccionado, pero sí que la capacidad de selección de riesgos será más avanzada.
Falsos residentes fiscales: otro objetivo prioritario
El Plan de Control también insiste en la simulación de residencia fiscal fuera de España. Hacienda prestará atención a personas físicas que aparentan residir en otro país para reducir su tributación efectiva, especialmente cuando existen patrimonios relevantes o signos externos de riqueza no coherentes con lo declarado.
La residencia fiscal en España no depende solo de dónde se diga vivir. Según el artículo 9 de la Ley del IRPF, una persona puede ser residente fiscal en España si permanece más de 183 días en territorio español durante el año natural o si radica en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos. También existe una presunción cuando residen habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores dependientes.
Por tanto, cambiar una dirección, abrir una cuenta extranjera o pasar temporadas fuera de España no basta para romper la residencia fiscal si la vida económica y personal sigue estando realmente en España.
Influencers, creadores de contenido y negocio digital
La AEAT también seguirá analizando la correcta tributación de los nuevos modelos de negocio surgidos en redes sociales, especialmente el marketing de influencia. El Plan menciona expresamente que se atenderá a la verdadera residencia fiscal de quienes participan en estas actividades digitales.
Esto afecta a influencers, streamers, creadores de contenido, formadores online, afiliados, profesionales con ingresos de plataformas extranjeras y negocios digitales que cobran desde distintos países.
En estos casos, el riesgo suele estar en tres puntos:
- No declarar ingresos cobrados en plataformas extranjeras.
- Usar cuentas digitales o neobancos para separar los cobros de la cuenta bancaria habitual.
- Simular residencia fiscal fuera de España sin cumplir realmente los requisitos.
Qué debe revisar un contribuyente con bienes o rentas en el extranjero
Desde Gestamat Asesores recomendamos realizar una revisión preventiva antes de recibir un requerimiento. Regularizar voluntariamente suele ser mucho más favorable que actuar cuando Hacienda ya ha iniciado una comprobación.
Conviene revisar:
- Cuentas bancarias y cuentas de pago en el extranjero.
- Saldos en neobancos.
- Tarjetas vinculadas a entidades extranjeras.
- Criptoactivos en exchanges internacionales.
- Wallets custodios y no custodios.
- Ingresos cobrados de plataformas digitales.
- Rentas de alquileres fuera de España.
- Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales extranjeras.
- Bienes inmuebles situados fuera de España.
- Seguros, valores, fondos o participaciones en entidades extranjeras.
- Posible obligación de presentar Modelo 720 o Modelo 721.
- Coherencia entre residencia fiscal, patrimonio y nivel de vida.
Errores habituales que pueden generar una comprobación
Los errores más frecuentes en este ámbito son:
- Pensar que una cuenta extranjera no debe declararse si no genera intereses.
- Confundir no pagar impuesto con no tener obligación informativa.
- No declarar ganancias obtenidas por venta o permuta de criptomonedas.
- No informar criptoactivos custodiados por exchanges extranjeros.
- Cobrar servicios digitales en plataformas extranjeras sin declararlos.
- Usar sociedades instrumentales para pagar gastos personales.
- Trasladar formalmente la residencia fiscal sin cambiar realmente el centro de intereses.
- No conservar justificantes de origen de fondos.
- Mezclar patrimonio personal, actividad profesional y activos digitales sin trazabilidad.
Recomendación de Gestamat
El nuevo escenario fiscal exige más orden documental. La clave no es solo declarar, sino poder demostrar el origen, titularidad y tratamiento fiscal de cada activo.
En Gestamat recomendamos preparar un expediente fiscal anual para contribuyentes con patrimonio internacional o actividad digital. Ese expediente debería incluir extractos bancarios, informes de exchanges, certificados fiscales, justificantes de transferencias, documentación de compraventas de activos, pruebas de residencia fiscal y conciliación entre ingresos declarados y movimientos financieros.
Conclusión
El plan de Hacienda para detectar rentas ocultas en el exterior marca un cambio de etapa. La AEAT combina más información financiera, cooperación internacional, DAC8, modelos informativos, análisis blockchain e inteligencia artificial para reducir los espacios de opacidad fiscal.
La combinación rentas ocultas en el exterior Hacienda será una de las grandes prioridades de control en 2026. Para contribuyentes con cuentas extranjeras, criptoactivos, neobancos, plataformas digitales o dudas de residencia fiscal, la mejor estrategia es anticiparse, revisar obligaciones y regularizar antes de que llegue una comprobación.
En Gestamat ayudamos a analizar la situación fiscal internacional, revisar modelos 720 y 721, ordenar activos digitales, estudiar la residencia fiscal y preparar una estrategia preventiva frente a posibles actuaciones de Hacienda.
Referencias jurídicas principales
Resolución de 11 de marzo de 2026 de la AEAT
Aprueba las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026. Incluye control sobre rentas y patrimonios ocultos, neobancos, criptoactivos, residencia fiscal, comercio electrónico e inteligencia artificial.
Ley 35/2006 del IRPF
Artículo 9: criterios de residencia fiscal en España, incluyendo permanencia superior a 183 días, núcleo principal de intereses económicos y presunción familiar.
Real Decreto 253/2025
Actualiza obligaciones informativas financieras, ampliando el Fichero de Titularidades Financieras a cuentas de pago y otros instrumentos similares, con suministro mensual de información.
Orden HAC/747/2025
Aprueba, entre otros, los modelos 196, 170 y 174, con nuevas obligaciones informativas sobre cuentas, cobros mediante tarjetas, pagos asociados a números de teléfono móvil y tarjetas.
Directiva (UE) 2023/2226, DAC8
Refuerza el intercambio automático de información fiscal sobre criptoactivos y nuevos productos financieros entre administraciones tributarias.
Modelo 720
Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. La AEAT recuerda que no incluye monedas virtuales.
Modelo 721
Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero, aplicable a titulares, autorizados, beneficiarios o titulares reales en los supuestos previstos reglamentariamente.
Preguntas frecuentes
¿Hacienda puede detectar cuentas en neobancos extranjeros?
Sí. El Plan de Control 2026 prevé actuaciones sobre el uso de cuentas neobancarias para ocultar rentas o patrimonios en el exterior, especialmente cuando existan indicios de incoherencia fiscal.
¿Tengo que declarar una cuenta extranjera aunque no genere intereses?
Puede existir obligación informativa aunque la cuenta no genere rendimientos. Además, si genera intereses, ganancias u otras rentas, deberán analizarse también en IRPF, Impuesto sobre Sociedades o el impuesto que corresponda.
¿Qué diferencia hay entre Modelo 720 y Modelo 721?
El Modelo 720 informa sobre bienes y derechos en el extranjero, como cuentas, valores o inmuebles. El Modelo 721 informa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.
¿Hacienda controla las criptomonedas en exchanges extranjeros?
Sí. La AEAT prevé explotar información de los modelos 172, 173 y 721, así como herramientas de trazabilidad blockchain, para detectar operaciones significativas o rentas no declaradas.
¿Cambiar la residencia fiscal evita tributar en España?
Solo si el cambio es real y se cumplen los criterios legales. Hacienda puede comprobar si el contribuyente sigue teniendo en España su permanencia, núcleo económico o centro de intereses personales.





